lunes, 9 de diciembre de 2013

Múltiples niveles de discriminación
Además de afectar a personas nacidas en la República Dominicana en términos numéricos, la Comisión observa que la sentencia 168-13 afecta desproporcionadamente a personas ya sujetas a múltiples formas de discriminación, en particular con base en la raza y la pobreza. Respecto a este punto, en su análisis de la situación en la República Dominicana de abril del presente año el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial se refirió a tres aspectos particularmente relevantes: la persistencia de racismo estructural y discriminación basada en el color y origen nacional; el vínculo entre pobreza y racismo en general; y la ¨firme negación¨ del Estado de la existencia de discriminación racial, que constituye un obstáculo importante en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales.
La CIDH visitó varios bateyes en diversos puntos del país y constató las condiciones de pobreza, exclusión y discriminación bajo las cuales viven sus habitantes. La pobreza afecta desproporcionadamente a los dominicanos y las dominicanas de ascendencia haitiana, y esto guarda relación con los obstáculos que enfrentan en el acceso a sus documentos de identidad.
La Comisión escuchó un gran número de testimonios sobre la imposibilidad de conseguir un empleo sin contar con una cédula de identidad y las dificultades y obstáculos, muchas veces insuperables, para acceder a servicios básicos.
La CIDH recibió múltiples testimonios de personas que estudiaron hasta el 8º grado pero que no pudieron continuar con los estudios de Bachillerato por no tener cédula. Una madre que tiene a tres de sus cuatro hijos en la escuela declaró a la CIDH que le han solicitado que presente las cédulas de sus hijos: “la profesora me dijo ‘yo voy a tener que botar a los muchachos hasta que aparezcan los documentos’ y yo le dije ‘ay, Dios, profesora, me los aguanta un chin, porque los documentos están en proceso y un día van a llegar’. Pero no es cierto, yo no tengo nada en proceso, porque no me los van a aceptar, yo he visto a gente de mi comunidad que va a declarar y no la aceptan, entonces dime tú”.
La Comisión también recibió testimonios de personas que, sin contar con cédula, pudieron cursar Bachillerato, aunque luego no habrían podido acceder a la Universidad. Una mujer nacida en agosto de 1994 en La Romana, República Dominicana, relató que solicitó su cédula hace dos años, y desde entonces le responden que está en proceso: “Yo ya terminé la secundaria y no he podido ingresarme a la universidad por ese problema. Me gustaría estudiar doctora en pediatría, o magisterio; me gustan los niños mucho. De hecho estoy trabajando con unos niños voluntariamente en una institución. Yo quisiera ser el ejemplo de mis hermanos, pero me están negando la cedula y no puedo seguir. Algunas veces yo me pregunto será por mi color de piel? Porque si es por nacionalidad, mis padres vinieron desde chiquiticos, y yo nací acá. Yo siempre quise estudiar, esa es mi pasión. Cuando me dijeron que pasé con buenas notas, yo lloré, pero no de felicidad, sino de tristeza, porque no puedo ir a la universidad. Alguna vez yo me despierto en la mañana a las 4 y no puedo dormir. Me quedo ahí pensando, en lo mucho que me afecta, y se me salen las lágrimas y me revienta de solo pensar que si yo tengo hijos, ellos van a pasar lo mismo que yo pasé, y me revienta por dentro eso. He querido ser el ejemplo de mi familia y no encuentro la salida”.
Derecho a la Nacionalidad
Durante la visita, la CIDH concentró su atención en el ejercicio y goce del derecho a la nacionalidad en República Dominicana. Funcionarios del Gobierno y representantes de la sociedad civil coinciden en reconocer que el goce de este derecho es un desafío que tiene que ser atendido bajo la óptica de los derechos humanos.
Este derecho está protegido de manera fundamental en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos a fin de proteger a las personas frente a posibles arbitrariedades de los Estados. El artículo 20 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a una nacionalidad, que toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra, y que a nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
La determinación de quienes son nacionales sigue siendo, en general, competencia interna de los Estados; no obstante, esta facultad está limitada por su deber de brindar a los individuos una protección igualitaria y efectiva de la ley y sin discriminación, y por su deber de prevenir, evitar y reducir la apatridia.
El 23 de septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana dictó la sentencia 168-13, mediante la cual dio una nueva interpretación para la adquisición de la nacionalidad de las personas nacidas en el país que sean hijos de padres extranjeros en tránsito. Con esta interpretación, personas que anteriormente habían sido reconocidas como de nacionalidad dominicana, fueron desnacionalizadas.
Respecto a un caso particular, el Tribunal determinó que a pesar de que la persona recurrente había nacido en territorio dominicano y de que había sido registrada por las autoridades competentes como tal en un momento en que la Constitución reconocía el ius soli como forma para adquirir la nacionalidad, la nueva interpretación de “extranjeros en tránsito”, la cual equipara este concepto con el de extranjero en situación irregular, la privaba del derecho a la nacionalidad dominicana. A través de esta sentencia, el Tribunal modificó retroactivamente la interpretación dada a los “extranjeros en tránsito” en las constituciones vigentes entre 1929 a 2010, las cuales establecían dicha categoría como una limitación para la adquisición del derecho a la nacionalidad por ius soli. El Tribunal señaló que “extranjeros en tránsito” hace relación a aquellas personas que no tienen domicilio legal en la República Dominicana por carecer de permiso de residencia.
En virtud de lo anterior, el Tribunal ordenó a la Dirección General de Migración que otorgase un permiso migratorio temporal, hasta tanto el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular, previsto en el artículo 151 de la Ley de Migración de 2004, determinase las condiciones de regularización de este género de casos. Esta nueva interpretación del Tribunal Constitucional priva retroactivamente de su derecho a la nacionalidad dominicana a decenas de miles de personas que durante toda su vida habían sido consideradas dominicanas, muchas de las cuales fueron registradas por las autoridades competentes como nacionales dominicanos al nacer y a lo largo de su vida se les otorgaron otros documentos de identidad, tales como cédulas, carnets electorales y pasaportes.
De esta manera, la sentencia del Tribunal Constitucional TC 0168/13 desnacionalizó a un amplio grupo de personas nacidas en República Dominicana entre 1929 y 2010. Se ha estimado por diversas fuentes, incluyendo fuentes gubernamentales, que serían por lo menos 200.000 las personas afectadas por esta sentencia, aunque el número no está definido.
La reciente Encuesta Nacional de Inmigrantes, llevada a cabo por el Estado en 2012 con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), estimó en 209.912 el número total de individuos nacidos de inmigrantes haitianos. Toda esta población podría verse potencialmente afectada por la decisión del Tribunal. Esta cifra, sin embargo, no incluye otras generaciones de personas de origen haitiano nacidos en el territorio dominicano desde 1929, cuyos propios padres nacieron en la República Dominicana.
Por su parte, la Junta Central Electoral identificó 24.392 personas nacidas en la República Dominicana de padres extranjeros cuyo nacimiento se inscribió en el registro civil dominicano utilizando documentos distintos de una tarjeta de identidad nacional dominicana (es decir, una “ficha”, un pasaporte extranjero, o no hay ningún documento en absoluto). De los cuales, 13.672 de estas personas son de origen haitiano. Sin embargo, esta cifra no incluye a las personas cuyos nacimientos no fueron registrados. Este listado tampoco tiene en cuenta la segunda, tercera o posteriores generaciones de las personas de origen haitiano, cuyo nacimiento fue registrado utilizando un documento de identidad dominicano válido. Estas personas también se verán afectadas por la decisión del Tribunal, ya que la decisión tendrá un “efecto cascada” y el impacto de todas las generaciones que nacieron en el país.
“Yo en estos momentos ando viviendo una muerte civil; ando en la calle pero no existo”, expresó una de estas personas. En el Batey Libertad, en la provincia de Valverde, la CIDH recibió el testimonio de una mujer que presentó un acta de nacimiento que certifica que ella nació en 1981 en el Hospital de Mao, en República Dominicana. Según su testimonio, no le han permitido registrar a ninguno de sus seis hijos: “fui al hospital a registrar a los muchachos, pero me dijeron que si no tengo cédula, no puedo registrarlos. Y voy a buscar la cédula a la Junta y me dicen que no tengo derecho a cédula porque soy extranjera. Y yo les digo ‘cómo voy a ser extranjera, si yo nací aquí y viví siempre aquí’.” Otra mujer que presentó su testimonio en Santo Domingo indicó que su hija nacida en 2013 no está registrada: “a mi hija menor no la quieren registrar; le niegan el registro porque dicen que su abuela es haitiana. Es como si no existiera. Está apátrida. No es de aquí ni de allá”.
Esta situación afecta a personas de familias que llevan varias generaciones en República Dominicana. La CIDH recibió el testimonio de una mujer que llegó al país procedente de Haití hace 47 años: “El Gobierno de República Dominicana me fue a buscar para cortar caña, porque la zafra había abierto y necesitaban gente. Y ahí empecé a trabajar y tuve mi primer hijo que es un varón. Cuando nació Johnny, el Gobierno de República Dominicana me dio 20 pesos, porque nació un varón que podía picar caña”. Según relató, ella registró a sus seis hijos, todos nacidos en República Dominicana, utilizando como documento la “ficha” que las autoridades dominicanas le expidieron como extranjera con permiso de trabajo. Sin embargo, la Junta Central Electoral les ha negado la expedición o renovación de la cédula en los últimos años, con el argumento de que esa “ficha” ya no es válida para este trámite, y también les ha negado la cédula o el registro de nacimiento a sus nietos.
Privación arbitraria de la nacionalidad
La Comisión estima que la Sentencia del Tribunal Constitucional conlleva a una privación arbitraria de la nacionalidad. La Sentencia tiene un efecto discriminatorio, dado que impacta principalmente a personas dominicanas de ascendencia haitiana, quienes son personas afrodescendientes; priva de la nacionalidad retroactivamente; y genera apatridia respecto de aquellas personas que no son consideradas como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación.
La Comisión estima relevante reiterar que la nacionalidad constituye la vinculación jurídica que existe entre una persona y un Estado determinado, la cual le asegura al individuo un mínimo de protección en el conjunto de sus relaciones y del cual dependen el ejercicio de otros derechos políticos y civiles, así como económicos, sociales y culturales. Adicionalmente, el reconocimiento internacional del derecho a la nacionalidad de todas las personas impone a los Estados la obligación de prevenir y erradicar la apatridia. En este orden de ideas, las obligaciones derivadas del derecho internacional de los derechos humanos obligan a los Estados a abstenerse de aplicar políticas, leyes, sentencias o prácticas que tengan como consecuencia que las personas no puedan acceder a ninguna nacionalidad, tal como lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso de las Niñas Yean y Bosico, en la sentencia del 8 de septiembre de 2005. Dicha sentencia también establece que ante el riesgo de apatridia, la persona que se pueda ver afectada sólo debe probar la condición de nacimiento en el territorio de determinado Estado para obtener la respectiva nacionalidad.
Muchas de las personas afectadas por la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional son personas que nacieron en República Dominicana y que anteriormente han sido reconocidas por el Estado como dominicanas, a través de la expedición de un documento por parte de las instituciones estatales certificándolos como tal. Estas personas tienen estrechos lazos en República Dominicana: han pagado impuestos y generado riqueza, han contribuido a la seguridad social, se criaron y educaron en el país, y tienen establecido allí su núcleo familiar. En sus testimonios ante la CIDH, expresaron tener un profundo sentimiento de identidad dominicana. Como lo expresó un joven en Santo Domingo: “yo nací bajo la bandera dominicana y no conozco ninguna otra bandera”.
Estas personas están afectadas por decisiones arbitrarias adoptadas por la Junta Central Electoral a lo largo de los últimos años. La Comisión recibió información de que numerosos funcionarios de esta dependencia niegan la documentación a las personas nacidas en República Dominicana. Inclusive, en algunos casos, después que tribunales ordenaran que dichos documentos fueran expedidos, la Junta Central Electoral desacató la orden judicial. Algunos servidores de esta dependencia privan a las personas de su nacionalidad, en forma arbitraria y discrecional.
La falta de reconocimiento de la personalidad jurídica de estas personas como resultado de que no están registrados o de las dificultades en el acceso a la cédula genera una situación de extrema vulnerabilidad en la cual se producen violaciones a otros derechos humanos, en un círculo vicioso que sólo se puede romper a través del reconocimiento de su nacionalidad.
La negación de los documentos por parte de la Junta Central Electoral crea obstáculos a las personas en el ejercicio de su derecho a la libre circulación en el país, ya que se quedan sin prueba de su nacionalidad dominicana. Según un testimonio recibido por la CIDH, a una mujer de ascendencia haitiana le fueron requeridos documentos que probaran su nacionalidad dominicana por parte del conductor de un autobús de transporte público. Otra mujer dijo que por miedo a ser deportada a Haití, “donde yo no tengo a nadie”, ella no viaja a ver a sus nietos, que viven en una ciudad ubicada a menos de una hora de donde ella vive.
La denegación de documentos a un gran número de personas nacidas en República Dominicana fue una práctica extendida a lo largo de los últimos años, cuando también se estaban registrando deportaciones y expulsiones arbitrarias. En esas deportaciones estuvieron incluidas personas nacidas en República Dominicana, a quienes el Estado dominicano les había reconocido su nacionalidad dominicana a través de la expedición de actas de nacimiento y cédulas de identidad. La Comisión Interamericana valora como positiva la orden del Presidente de la República de suspender las deportaciones. No obstante, la Comisión recibió información en terreno de que las deportaciones continúan, aunque a un ritmo menor que el de años anteriores.
La Comisión Interamericana observó asimismo que la desnacionalización afecta principalmente a personas de ascendencia haitiana nacidas en República Dominicana. La sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional tiene un efecto desproporcionado sobre estas personas, en virtud de que constituyen la mayor parte de la población migrante del país. La Corte Interamericana ha establecido que existe un vínculo indisoluble entre la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos y el principio de igualdad ante la ley y no discriminación, y que éste debe impregnar toda la actuación del Estado. En ese sentido, el Estado no puede actuar contra un determinado grupo de personas, por motivos como raza, etnicidad, u origen nacional, entre otros.



Sentencia 168-13 tiene efectos discriminatorios, dice CIDH


CIDH en rueda de prensa en RD.
CIDH en rueda de prensa en RD.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) aseguró este viernes que la sentencia 168-13 tiene un efecto discriminatorio ante aquellas personas dominicanas de ascendencia haitiana y que están sumidas en la pobreza.
José de Jesús Orosco, representante de la CIDH, indicó además que la decisión del Tribunal Constitucional fue tomada de manera arbitraria.
Argumentó que en las visitas que realizaron en diferentes puntos del país recibieron 3,994 denuncias, donde pudieron darse cuenta de la “pobreza en la que viven las personas de origen haitiano” y que ésto se agudizó más tras la sentencia del TC.
En el informe presentado este viernes , la CIDH puntualizó que recibió “información profundamente preocupante acerca de expresiones contra periodistas, intelectuales…que han criticado la Sentencia”.
Una de las recomendaciones que le hizo la CIDH a las autoridades dominicanas fue que “no se puede exigir que personas con derecho a nacionalidad, como las desnacionalizadas por Sentencia se registren como extranjeros.”
Otras recomendaciones son las siguientes:
1) Debe garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas que ya tenían este derecho bajo el régimen interno vigente entre 1929 y 2010.
2) Las medidas para garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas perjudicadas por la Sentencia 168-13 deben ser generales y automáticas. Dichos mecanismos deben ser sencillos, claros, rápidos y justos. No pueden ser discrecionales o implementados en forma discriminatoria.
3) Los mecanismos deben ser accesibles en términos económicos.
Finalmente, la Comisión destaca que toda persona tiene el derecho de contar con la protección y las garantías judiciales, en forma accesible y eficaz, para salvaguardar los derechos a la nacionalidad, identidad, igualdad y no discriminación, que forman el enfoque principal de la presente visita.
Desde el lunes esta comisión analizó todo lo concerniente a los Derechos Humanos en República Dominicana, para luego hacer algunas recomendaciones y observaciones al país en lo relativo a la nacionalidad, la identidad, la igualdad, la no discriminación, y otros temas.
A continuación el documento publicado por la CIDH
Observaciones preliminares de la visita de la CIDH a República Dominicana
6 de diciembre de 2013
Santo Domingo – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condujo una visita in loco a República Dominicana del 2 al 5 de diciembre de 2013. El objetivo fue observar la situación en lo relativo a los derechos a la nacionalidad, la identidad, la igualdad, la no discriminación, así como otros derechos y problemáticas relacionadas.
La Comisión llevó a cabo esta visita a fin de supervisar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos libremente por el Estado de República Dominicana en ejercicio de su soberanía.
La delegación estuvo integrada por el Presidente, José de Jesús Orozco Henríquez; la Primera Vicepresidenta, Tracy Robinson; la Segunda Vicepresidenta, Rosa María Ortiz, y los miembros Dinah Shelton, Felipe González y Rose Marie Antoine, así como el Secretario Ejecutivo, Emilio Álvarez Icaza L., la Secretaria Ejecutiva Adjunta, Elizabeth Abi-Mershed, la Relatora Especial para la Libertad de Expresión, Catalina Botero, y personal de la Secretaría Ejecutiva. Durante la visita, diversas delegaciones de la CIDH visitaron las provincias de Bahoruco, Dajabón, Jimaní, La Romana, San Pedro de Macorís, Santo Domingo y Valverde.
La CIDH sostuvo reuniones con autoridades del Estado, organizaciones de la sociedad civil, víctimas de violaciones a los derechos humanos y representantes de agencias internacionales. Durante su visita, la CIDH recibió testimonios, peticiones y comunicaciones de 3.994 personas.
Durante su visita, la CIDH se reunió con el Presidente de República Dominicana, Danilo Medina Sánchez; el Ministro de la Presidencia, Gustavo Adolfo Montalvo Franco; el Ministro interino de Relaciones Exteriores, José Manuel Trullols; el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio; el Viceministro de la Presidencia, Henry Molina Peña; el Ministro de Educación, Carlos Amarante Baret; el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Lorenzo Wilfredo Hidalgo Núñez; la Ministra del Trabajo, Rosa Maritza Hernández; el Ministro del Interior y Policía, José Ramón Fadul; el Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, en compañía de las Procuradurías Especializadas en Derechos Humanos, Niños y Niñas y Adolescentes y Violencia Intrafamiliar y Género; el Director General de Migración, José Ricardo Taveras Blanco; el Subdirector General de Migración, Santo Miguel Román; y el representante de República Dominicana ante la OEA, Embajador Pedro Vergés. Asimismo, se reunió con las Comisiones de Derechos Humanos, Relaciones Internacionales y Desarrollo Humano de la Cámara de Diputados; con funcionarios de la Junta Central Electoral; con Cuerpos Especializados de Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT) en Jimaní y Dajabón y con personal del centro de detención migratoria de Haina.
La CIDH se reunió con la sociedad civil, contando con la presencia de las siguientes organizaciones: Dominicanos por Derecho, Participación Ciudadana, Centro de Formación y Acción Social y Agraria (CEFASA), Solidaridad Fronteriza, Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Centro Bonó, Movimiento Socio Cultural para los Trabajadores Haitianos (MOSCHTA), Observatorio Migrantes del Caribe (OBMICA), Asociación Afrodominicana, Diversidad Dominicana, Fundación FUNCESI, Reconocido, Árbol Maravilloso, Grupo Saragua, GIZ (cooperación alemana), Centro Cultural Dominico Haitiano (CCDH), Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Afro Alianza Dominicana, Conamuca, Alas de Igualdad, Soy dominicano como tu, Articulación Campesina, Red Afro, la Coalición de ONGs por la Infancia y Open Society Justice Initiative.
De igual manera, participaron organizaciones dedicadas exclusivamente a temas de género como El Movimiento de Mujeres Dominico-Haitiana (MUDHA), Colectivo de Mujeres y Salud, Foro Feminista y Núcleo de apoyo a la mujer. Se sostuvieron también reuniones con organizaciones de la sociedad civil y con víctimas en Dajabón, en San Pedro de Macorís, la Romana y Jimaní.
De igual forma, se mantuvieron reuniones con organizaciones internacionales, dentro de las cuales se contó con la presencia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ONU Mujeres, ONUSIDA, el Banco Mundial, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Adicional a lo anterior, también se reunió con diversos periodistas, juristas, personal universitario y víctimas de violaciones de derechos humanos.
República Dominicana forma parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos por decisiones soberanas adoptadas por el Estado desde 1948, cuando participó en la adopción de la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre. En 1959, República Dominicana participó de la creación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 19 de abril de 1978.
La Comisión Interamericana ha realizado siete visitas in loco a República Dominicana: en 1961, 1963, 1965, 1965 a 1966, 1991, 1997 y 2013. Asimismo, la CIDH ha procesado peticiones y solicitudes de medidas cautelares de República Dominicana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió sentencias en el caso Nadege Dorzema y otros (Masacre de Guayubín) y en Dilcia Yean y Violeta Bosico. La Comisión también ha enviado a la Corte el caso Benito Tide Méndez y otros, que se encuentra pendiente de sentencia.
La Comisión agradece la invitación que le formulara el Estado de República Dominicana para la conducción de la visita, la cual fue cursada después que la CIDH expresara interés en realizarla. Igualmente, la CIDH agradece al Presidente Danilo Medina y su Gobierno todas las facilidades brindadas para la realización de esta visita. Asimismo, la CIDH agradece al Gobierno y al pueblo dominicanos su hospitalidad con la delegación.
En particular, la Comisión Interamericana valora y agradece el apoyo de las autoridades de Gobierno y de las organizaciones de la sociedad civil, que prestaron su valiosa asistencia y colaboración en la coordinación y la implementación de la logística de esta visita.
La Comisión agradece la colaboración eficiente y profesional del equipo de seguridad provisto por el Estado, que hizo posible el normal desarrollo de las actividades de recepción de información, testimonios y denuncias en diversos puntos del país, incluyendo el Club de Profesores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Asimismo, la Comisión agradece la colaboración esforzada y desinteresada de los voluntarios y las voluntarias que asistieron en la atención a las personas que se acercaron a las mesas de recepción de información y denuncias. La Comisión Interamericana agradece a las personas que presentaron sus testimonios y presentaron denuncias, muchos de quienes viajaron desde zonas lejanas y debieron esperar varias horas debido a la gran cantidad de personas que fue recibida.
La Comisión está consciente de que la visita in loco se desarrolla en el contexto de una problemática histórica que va más allá de la coyuntura actual. Se trata de un hecho con profundas raíces y de una gran complejidad.
La Comisión resalta el carácter solidario y generoso del pueblo de República Dominicana. Ante la devastación, desolación y muerte que generó el terremoto que sacudió a Haití en enero de 2010, el Gobierno y el pueblo dominicanos respondieron y continúan respondiendo hasta el día de hoy de manera solidaria y fraterna. Asimismo, haitianos y haitianas que han emigrado a República Dominicana han contribuido y contribuyen de manera extraordinaria al desarrollo económico de este país.
A través de la visita, la CIDH ha podido valorar diversos avances en el desarrollo de la institucionalidad democrática y la protección de los derechos humanos. En especial, la Comisión valora y saluda como un avance muy positivo la incorporación directa al derecho interno, con rango constitucional, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y todos los compromisos internacionales adoptados por el Estado en la materia, a través de la reforma de la Constitución del año 2010.
Por otra parte, la Comisión Interamericana recibió durante la visita información preocupante sobre graves vulneraciones al derecho a la nacionalidad, a la identidad, a la igualdad ante la ley, y a la no discriminación. Las violaciones al derecho a la nacionalidad, que la Comisión había observado en su última visita in loco, realizada en 1997, continúan, y la situación se ha agravado debido a la Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional. Un número indeterminado pero muy significativo de dominicanos y dominicanas, que diversas fuentes estiman en más de 200,000 personas, han sido privados arbitrariamente de su nacionalidad como consecuencia de esta Sentencia. En consecuencia, estas personas han visto violado su derecho a la personalidad jurídica, y viven sumidos en una situación de extrema vulnerabilidad. Esta situación afecta en forma desproporcionada a las personas de ascendencia haitiana, constituyendo una violación al derecho a la igualdad y a la no discriminación.

Dos jueces del TC dan como “caso cerrado” tema sentencia 168-13

 diciembre 9, 2013 Sin Comentarios »
Tribunal Constitucional DominicanoSANTO DOMINGO, RD.-Dos jueces del Tribunal Constitucional, Víctor Gómez Bergés y Lino Vásquez, respectivamente, dijeron este lunes que el tema de la sentencia 168-13 que emitió esa alta corte “está cerrado”.
Explicaron  que ellos no se referirán más a la referida sentencia y   manifestaron que  no tienen nada que decir  sobre  las sugerencias que hicieron los miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al gobierno.
No obstante, expresaron que las personas, entidades y organismos nacionales e internacionales tienen derecho a interpretar  la sentencia, pero ellos no responderán  a ningún tipo de objeciones  sobre el tema, porque esa fue una decisión ya tomada por los magistrados que integran el Tribunal Constitucional.
Las declaraciones fueron ofrecidas durante rueda de prensa en la que el Tribunal Constitucional informó laconvocatoria a la segunda versión del concurso de  ensayos sobre  Derecho Constitucional, donde podránparticipar todas las universidades del país.
La polémica sentencia 168-13 establece quiénes son dominicanos de los hijos nacidos en el país de extranjeros indocumentado desde el 1929 hasta el 2010.
Se recuerda que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) aseguró que la sentencia 168-13 tiene un efecto discriminatorio y arbitrario ante aquellas personas dominicanas de ascendencia haitiana y que están sumidas en la pobreza.
El organismo dijo que las informaciones que recibieron fueron  profundamente preocupantes  acerca de expresiones contra periodistas, intelectuales, que han criticado la Sentencia.
Una de las recomendaciones que le hizo la CIDH a las autoridades dominicanas fue que “no se puede exigir que personas con derecho a nacionalidad, como las desnacionalizadas  por Sentencia se registren como extranjeros.

Presentarán ensayo sobre población afectada por la sentencia 168/13

Publicado: 9 diciembre, 2013 en NOTICIAS
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SANTO DOMINGO. El Instituto de Estudios Interdisciplinarios y Estadísticas para el Desarrollo presentará este miércoles un ensayo-análisis sobre la situación de la población que sería afectada por la sentencia TC/0168/13 del Tribunal Constitucional.
Una invitación firmada por el director ejecutivo de la entidad, Julio César Mejía Santana, que la actividad se convoca a propósito del actual debate sobre la nacionalidad de las personas nacidas en la República Dominicana de padres extranjeros en condición irregular, y ante las escasas y en ocasiones confusas informaciones que circulan en los medios de comunicación sobre el tema.
La presentación de este ensayo monográfico se realizará este miércoles 11 de diciembre, en la Sala de Orientación de la Biblioteca Pedro Mir de la UASD, a las 5:00 p.m.
¿Cuántos serán los afectados y afectadas por la Sentencia? ¿Quiénes son estos/as potenciales afectados/as, o sea, cuáles son sus perfiles o características sociodemográficas? ¿Cuáles similitudes y diferencias presenta esta población con los nativos de República Dominicana y con sus ascendientes, los inmigrantes radicados o no actualmente en territorio dominicano? ¿Son estos culturalmente dominicanos? ¿Qué importancia tiene la dimensión sociodemográfica en la problemática de la nacionalidad dominicana de los descendientes de inmigrantes nacidos en esta tierra? Son algunas de las interrogantes que están en el mismo centro del actual debate que ha suscitado la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional, inquietantes interrogantes a las que se tratarán de dar respuestas en este ensayo monográfico, basado en datos de la Encuesta Nacional de Inmigrantes (ENI-2012), precisa la invitación.

OPINION DE LOS JUECES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Jueces del Tribunal Constitucional dominicano.Jueces del Tribunal Constitucional dominicano.
Santo Domingo. Dos de los jueces del Tribunal Constitucional, Lino Vásquez y Víctor Gómez Bergés, se abstuvieron de emitir declaraciones sobre el informe de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que calificó de discriminatoria y violatoria a los derechos humanos la sentencia 168-13, que ordena la regularización de los hijos de extranjeros ilegales nacidos en el país.
Los magistrados puntualizaron que el caso de esa sentencia está cerrado y que todo está dicho en el fallo de más de 100 páginas que emitió el TC el 23 de septiembre pasado.
“Todo está dicho en las cien y pico de páginas de la sentencia” expresó Gómez Bergés.
De su lado, Lino Vásquez indicó que cualquier pronunciamiento que pueda hacer el tribunal corresponde a su presidente, Milton Ray Guevara que es el vocero, y agregó que en su caso su posición está fijada en sentencia, ya que emitió un voto concurrente con los demás jueces.
Los jueces del TC fueron abordados sobre el informe de la CIDH al concluir una convocatoria al Segundo Concurso de Ensayos Constitucionales, a través del cual buscan estimular a los estudiantes de las universidades a investigar temas relacionados con esta rama del derecho.

La histórica Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional trazó la “raya de Pizarro” entre la mayoría que aspiramos a legar a las futuras generaciones una Patria soberana, sin conflictos étnicos; y del otro lado sectores con intereses espurios ligados a Ong; periodistas vinculados a una facción política, así como una comunidad internacional que pretende carguemos con Haití.
La sentencia del TC viene a poner un punto final e inapelable a los aspectos de la ciudadanía contemplados en la Constitución de 2010, la sentencia de la SCJ de 2005, la Ley de Migración y todas las constituciones vigentes desde 1929, aunque los opositores furibundos a la sentencia se nieguen asimilar que el término de “extranjeros en tránsito” es equivalente a un extranjero en condición de estadía ilegal e irregular y por tanto sus hijos no son dominicanos. En el caso de los descendientes de haitianos, en virtud de su Constitución, son haitianos.
La sentencia, aparte de definir de manera inequívoca a quienes corresponde la nacionalidad dominicana, establece las respectivas responsabilidades a la JCE y la Dirección de Migración, ordena otorgar documentos de identidad a los extranjeros residentes, en especial a los haitianos en su mayoría indocumentados y, lo más importante, llama la atención al Estado para que adopte una política migratoria, cuestión que no ha estado en la agenda de los diferentes gobiernos.
El plan de regularización busca resolver el estatus de los extranjeros ilegales, les otorga residencia y la posibilidad de obtener la nacionalidad de acuerdo a nuestras leyes. Mas humanitario no puede ser. Pero ese no es el problema. De lo que se trata es una conspiración de diferentes sectores que pretenden se otorgue la nacionalidad a todos los haitianos ilegales, como paso previo a la fusión entre las dos naciones, o que Haití permanezca como Estado independiente y nosotros un país con dos etnias a lo Ruanda. Así la RD cargaría el peso de un Estado fallido, mientras la comunidad internacional, esa que nos presiona, se desentiende de ese drama.
Los medios de comunicación en las últimas semanas reflejan el reforzamiento de las medidas migratorias en muchos países. “Gobierno Noruego aumentará deportaciones y endurecerá normas reunificación familiar” (El País, 30 de nov.). “Cameron endurecerá leyes migratorias en Gran Bretaña” (ABC.es, 27 de nov.). “Operación Frontex busca construyendo muros contener la inmigración ilegal en el sur de Europa” (Artículo del Embajador Víctor Grimaldi). “Bahamas deporta haitianos sobrevivientes de naufragio” (Hoy, 4 de diciembre). “Trinidad y Tobago impiden entren jamaiquinos por representar carga para el Estado” (Listín Diario, 3 de diciembre). ¿Por qué a la RD se le niega el derecho de aplicar sus leyes y la Constitución?
Una coalición de intereses ha decidido sumarse para chantajear el país y materializar los planes desarrollados durante décadas y han aprovechado el affaire de la sentencia para concretizarlo. Por un lado la CIDH, como instrumento de poderes globales, que ya desde 1999 calificó al país como “apartheid del Caribe”, decenas de Ong, financiadas desde el exterior, que nunca les ha preocupado el drama del pueblo haitiano; pero también intereses politiqueros.
Los que ayer, para lograr la ratificación del Dr-Cafta asumieron compromisos frente a Haití, los que perdieron las elecciones y no han logrado tumbar la popularidad del Gobierno y erosionar el liderazgo del Dr. Leonel Fernández, ahora han aprovechado este episodio para poner en ejecución una formidable campaña mediática para lograr sanciones económicas al país, que pondría en graves dificultades al Gobierno y al PLD; o presionar al Presidente Danilo Medina para que desconozca la sentencia, lo cual sin dudas provocaría un desplome de sus simpatías. No es accidental que el equipo mediático del PPH esté totalmente integrado a esta campaña contra el país.
El Presidente de la JCE, Dr. Roberto Rosario, con su firme posición y los Jueces del Tribunal Constitucional, encabezado por su Presidente Dr. Milton Ray Guevara, han rendido un servicio inestimable al país y por eso las mayorías y la posteridad se lo reconocerán. Las responsabilidades quedan a este Gobierno y los que le sucedan.

sábado, 7 de diciembre de 2013